La SBA publica actualizaciones importantes sobre el Programa de protección de pago
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Es posible que se vea impactado por las nuevas normas de elegibilidad
Los nuevos fondos del Programa de protección de pago les da a las empresas elegibles una nueva oportunidad de solicitar el beneficio. Sin embargo, las nuevas normas podrían impactar la elegibilidad e incluso afectar a quienes ya recibieron los fondos.
En solo dos semanas, el Programa de protección de pago recibió más solicitudes de las previstas y los $349 mil millones iniciales en fondos se agotaron totalmente. Se asignó un nuevo paquete de $310 mil millones al programa a través de la promulgación del Programa de protección de pago y la Ley de Mejoras en la Atención Médica (PPP HCEA). La Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA) de los Estados Unidos prevé que la segunda ronda de fondos probablemente se distribuya tan rápidamente como la primera, por lo que los solicitantes elegibles que deseen participar deben enviar su solicitud lo antes posible.
Las nuevas normas modifican de manera sustancial el alcance del programa con respecto al mes pasado. Muchos solicitantes que los bancos consideraban elegibles a principios de abril hoy ya no se consideran elegibles.
Las nuevas aclaraciones de la SBA podrían alcanzar a su empresa
El 24 de abril de 2020 la SBA publicó la Regla Final Interina (IFR #4) complementaria en relación con el Programa de protección de pago en virtud de la Ley de ayuda, alivio y seguridad económica contra el coronavirus (CARES). Esta IFR, la cuarta de la SBA desde la promulgación de la Ley de ayuda, alivio y seguridad económica contra el coronavirus (CARES), incluye diversas aclaraciones que pueden afectar a su empresa. Algunas industrias (como los fondos de cobertura y las firmas de capital privado) fueron declaradas no elegibles. Pero la siguiente es la información de mayor impacto:
- Todos los solicitantes deben estar en condiciones de confirmar su necesidad de acceder a un préstamo
- Los solicitantes que enviaron su solicitud en la primera instancia y ahora perdieron elegibilidad en virtud de la nueva norma pueden repagar sus préstamos en su totalidad antes del 7 de mayo de 2020 y se debe considerar que presentaron la certificación obligatoria de buena fe.
¿Puede confirmar que lo necesita?
La nueva IFR contiene la guía más directa acerca de las reglas de elegibilidad de solicitantes y el acceso a capital insuficiente. Particularmente, en el ítem 2b de la página 6 de la IFR #4, se recomienda a los solicitantes que confirmen que "la incertidumbre económica actual hace necesario el pedido de este préstamo para posibilitar las operaciones del Solicitante", de conformidad con el Formulario de solicitud para candidatos al Programa de protección de pago (Formulario 2483 de la SBA). Su documentación podría incluir estados financieros o proyecciones que documenten el impacto negativo sobre su liquidez y operaciones comerciales a raíz de la inestabilidad económica ocasionada por el COVID-19.
Garantía de protección legal si su solicitud fue de buena fe
Si envió su solicitud antes de la publicación de estas aclaraciones y ya no se lo considera elegible de conformidad con la última IFR, tiene garantía de protección legal. Para los solicitantes que enviaron su solicitud antes de la publicación de la IFR el 24 de abril que repaguen su préstamo por completo antes del 7 de mayo, los límites de la garantía de protección legal con respecto a la certificación de necesidad del PPP se explican en la viñeta 5 de la página 9 de la IFR #4: "la SBA considerará que estas empresas presentaron la certificación de buena fe" al momento de la solicitud. Esta garantía de protección legal tiene el objetivo de alentar el "repago inmediato de los fondos del préstamo del PPP que los solicitantes obtuvieron con base en una interpretación o aplicación erróneas de la norma de certificación".
La SBA actualiza sus preguntas frecuentes en virtud de las nuevas normas
La SBA, en coordinación con el Departamento del Tesoro de los EE. UU., también actualizó su documento de Preguntas frecuentes sobre el PPP, especialmente en lo relacionado con las dudas acerca de las compañías grandes con otras opciones de acceso a estos fondos. Para abordar este asunto, la sección de preguntas frecuentes añade la pregunta 31, que es la siguiente:
"¿Los negocios que son propiedad de compañías grandes con fuentes de liquidez adecuadas para garantizar la continuidad de las operaciones son elegibles para un préstamo del PPP?"
Además de citar la misma jerga de arriba de la IFR #4, la SBA responde parcialmente la pregunta 31 con la siguiente declaración enfatizada:
"Además de revisar las normas de afiliación correspondientes para determinar la elegibilidad, todos los solicitantes deben evaluar su necesidad económica de un préstamo del PPP de conformidad con la norma establecida por la Ley de ayuda, alivio y seguridad económica contra el coronavirus (CARES) y las reglamentaciones del PPP vigentes al momento de la solicitud del préstamo. Si bien la Ley de ayuda, alivio y seguridad económica contra el coronavirus (CARES) suspende el requisito habitual de que los solicitantes no estén en condiciones de acceder a otras fuentes de crédito (de conformidad con lo definido en la sección 3(h) de la Ley de Pequeñas Empresas), de todas formas deben certificar de buena fe que su solicitud de un préstamo del PPP es necesario".
No se lo pierda: todos los solicitantes deben evaluar su necesidad, no solo las compañías grandes. Y la respuesta sigue:
"Los solicitantes deben aportar esta certificación de buena fe, tomando en cuenta su actividad comercial actual y su capacidad de acceder a otras fuentes de liquidez que le alcancen para mantener la continuidad de sus operaciones de forma que no impacten negativamente de manera significativa en sus empresas. Por ejemplo, es poco probable que una empresa que cotiza en bolsa y tiene un valor de mercado importante y acceso a los mercados de capitales pueda ofrecer la certificación requerida de buena fe, y ese tipo de compañía debe estar en condiciones de demostrar a la SBA, si así se solicita, el fundamento de dicha certificación".
Priorice certificar su necesidad de un préstamo del PPP
Las compañías deben estar en condiciones de demostrar el impacto negativo sobre su liquidez y operaciones comerciales de la inestabilidad económica ocasionada por el COVID-19 a través de estados financieros, proyecciones u otros documentos que permitan corroborarlo. El presidente del Comité de Pequeñas Empresas y Emprendedores del Senado, Marco Rubio, dio alguna pista de la actualización de la IFR y las preguntas frecuentes en una declaración a principios de la semana pasada en la que manifestó:
"Este otoño el Comité de Pequeñas Empresas y Emprendedores del Senado supervisará estrictamente el uso del PPP. Si las compañías no son procedentes, el Comité recurrirá a su poder de enviar citatorios para obligarlas a cooperar. Los Estados Unidos están atravesando una crisis económica creciente a causa de una pandemia global mortal. No es momento de que las empresas de nuestro país se beneficien a expensas de otras. Estamos juntos en esto".
Todavía queda mucho por interpretar con base en las normas de la SBA. Sin embargo, es claro que el nuevo foco de la SBA y del Tesoro en las normas de certificación de necesidad tiene el objetivo de fomentar que todas las empresas que envían solicitudes para los programas de préstamos confirmen que pueden demostrar que no tienen liquidez suficiente para cubrir sus necesidades operativas actuales.
Desde Kaufman Rossin seguiremos publicando actualizaciones sobre estos temas y otros en nuestro Centro de recursos sobre COVID-19, no dude en comunicarse con nosotros si tiene alguna pregunta. Puede contactarme o contactar a otro profesional de Kaufman Rossin para solicitar más información acerca de cómo podría afectar esa nueva norma a su empresa.
Steven Demar, CPA, is an Entrepreneurial Services Principal at Kaufman Rossin, one of the Top 50 CPA and advisory firms in the U.S.
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