Navegar por los gastos de investigación y experimentación del artículo 174 después de la Ley One Big Beautiful Bill

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La aprobación de la ley "One Big Beautiful Bill Act" (OBBBA) ha reavivado un beneficio clave para las empresas impulsadas por la innovación: la posibilidad de deducir inmediatamente los gastos nacionales de investigación y experimentación (I+E) en virtud de una nueva Sección 174A del Código de Rentas Internas (IRC). Este cambio legislativo es un alivio bienvenido para las empresas que confían en el avance tecnológico y el desarrollo de productos como principales motores de su negocio.

Con la vuelta de la "desgravación por I+D" llegan complejas normas transitorias y requisitos de cumplimiento. Trabajar con un asesor fiscal experto puede ayudar a definir la estrategia a seguir y reducir el riesgo de cumplimiento.

Compensación del artículo 174: Volvemos (casi) a lo de siempre

A partir de los ejercicios fiscales que comiencen después del 31 de diciembre de 2024, los contribuyentes podrán deducir íntegramente los gastos nacionales de investigación y desarrollo en el año en que se paguen o realicen. Este cambio, introducido a través de una nueva Sección 174A, hará retroceder efectivamente un importante obstáculo implementado en 2022 e introducido inicialmente por la Ley de Recortes y Empleos Fiscales (TCJA, por sus siglas en inglés) de 2017.

Pero no todo es exactamente como antes de 2022. Las empresas que realicen actividades de I+D en el extranjero deberán seguir capitalizando y amortizando los costes incurridos fuera de EEUU. La amortización se mantendrá durante un periodo de 15 años. Este tratamiento, introducido por la TCJA, permanece inalterado por la legislación OBBBA. Con el retorno de un tratamiento favorable de los gastos de I+E realizados en EE.UU. frente a la amortización de 15 años de los costes extranjeros, las empresas pueden replantearse su estrategia de subcontratación en lo que respecta a la ingeniería de productos y el desarrollo experimental.

Además, la OBBBA no revocó la modificación introducida por la TCJA en relación con el tratamiento de los gastos de desarrollo de software en la Sección 174. La TCJA modificó la Sección 174 para incluir todos los gastos de desarrollo de software como gastos de I+E. Según la nueva Sección 174A de la OBBBA, los contribuyentes podrán deducir los costes de desarrollo de software nacional como gastos de I+E, pero los costes de desarrollo de software extranjero seguirán capitalizándose y amortizándose en 15 años. Es posible que los contribuyentes que recurran a desarrolladores de software de fuera de EE.UU. quieran reevaluar su estrategia teniendo en cuenta el tratamiento mucho más favorable para el desarrollo de software realizado en EE.UU.

Navegar por las normas transitorias

La transición a la deducibilidad de los gastos de I+E con arreglo a la nueva Sección 174A se tratará como un cambio iniciado por el contribuyente en su método de contabilidad y se aplicará sobre una base de corte. Además del tratamiento favorable de los gastos de I+E en adelante, la OBBBA ofrece distintas vías a los contribuyentes para recuperar más rápidamente los costes capitalizados en 2022, 2023 y 2024 con arreglo a la antigua versión de la Sección 174. El periodo de transición resultante crea una rara ventana de flexibilidad estratégica, pero viene acompañada de cierta incertidumbre y complejidad técnica.

En virtud de la OBBBA, cualquier contribuyente tendrá la oportunidad de optar por deducir los gastos nacionales de I+E no amortizados capitalizados en 2022, 2023 y 2024, bien en el primer ejercicio fiscal que comience después del 31 de diciembre de 2024, bien a lo largo de dos años. Para la mayoría de los contribuyentes, esto significa deducir estos gastos en su declaración de la renta de 2025, o de forma proporcional a lo largo de las declaraciones de la renta de 2025 y 2026. Esta vía no es obligatoria, y los contribuyentes pueden optar por atenerse al calendario de amortización original para sus gastos de R&E de 2022-2024.

También habrá otra opción disponible para determinadas pequeñas empresas que cumplan los requisitos, que tendrán la oportunidad de optar por aplicar las nuevas normas del artículo 174A con carácter retroactivo a su primer ejercicio fiscal que comience después del 31 de diciembre de 2021. Para poder acogerse, los contribuyentes deben tener unos ingresos brutos medios para 2022, 2023 y 2024 de 31 millones de dólares o menos. La aplicación retroactiva de la Sección 174A requerirá que los contribuyentes modifiquen las declaraciones de impuestos de años anteriores para deducir los gastos de R&E que se capitalizaron originalmente.

El hecho de que actualmente no existan directrices administrativas sobre cómo realizar las distintas elecciones añade complejidad al análisis que los contribuyentes y sus asesores deberán realizar sobre el tratamiento de los gastos de R&E de años anteriores. El Congreso ordenó al Tesoro y al IRS que publicaran procedimientos, pero se desconoce cuándo se darán a conocer. Es posible que los contribuyentes que estén actualmente en prórroga quieran consultar con sus asesores fiscales antes de presentar sus declaraciones de la renta de 2024 para revisar su estrategia en torno al tratamiento de los gastos de I+E y el impacto de las eventuales elecciones para abordar los costes previamente capitalizados.

Cambios de conformidad en el crédito fiscal por I+D

La OBBBA introduce cambios de conformidad en la Sección 41 – Crédito por incremento de las actividades de investigación, también conocido como crédito fiscal por I+D, y en la Sección 280C – Determinados gastos para los que son admisibles los créditos. Algunos de estos cambios de conformidad van más allá de un simple ajuste para referirse a la nueva Sección 174A y tendrán implicaciones para los contribuyentes que soliciten el crédito fiscal por I+D.

En primer lugar, la OBBBA modificó la Sección 41(d)(1)(A), que constituye el primer elemento de una prueba de 4 partes para que las actividades de un contribuyente puedan considerarse investigación cualificada. Antes de la OBBBA, esta sección exigía que los gastos de estas actividades "puedan tratarse" como gastos de I+E conforme a la Sección 174. La OBBBA modificó esta redacción y ahora establece que los gastos para que estas actividades constituyan investigación cualificada "se traten" como gastos nacionales de I+E conforme a la nueva Sección 174A. Esta nueva redacción sugiere que los contribuyentes que declaren gastos de investigación cualificados (GIC) en el formulario 6765 para solicitar la desgravación fiscal por I+D podrían tener que seguir declarando los gastos de I+E nacionales de forma diferenciada a pesar de su deducibilidad inmediata. También podría ser problemático para los contribuyentes que soliciten la desgravación fiscal por I+D en declaraciones enmendadas si los costes declarados como QRE no se clasificaron originalmente como gastos nacionales de I+E de la Sección 174A. La reclasificación de costes como gastos de la Sección 174A suele requerir un cambio en el método de contabilidad que, por lo general, no se permite en una declaración enmendada.

En segundo lugar, la OBBBA modificó la redacción de la Sección 280C(c) que dicta cómo los contribuyentes que solicitan el crédito fiscal por I+D deben reducir su deducción por gastos de I+E en la cuantía del crédito o elegir solicitar un crédito reducido para mantener su deducción completa. Aunque perjudicial para la mayoría de los contribuyentes, el requisito de capitalizar los gastos de I+E introducido por la TCJA había eliminado inadvertidamente la necesidad de que los contribuyentes redujeran su deducción o su crédito. Esto dio lugar a un aumento del 21% del valor de los créditos fiscales por I+D captados en 2022, 2023 y 2024. La OBBBA restableció la aplicabilidad de la Sección 280C(c) para los ejercicios fiscales que comenzaran después del 31 de diciembre de 2024.

Es importante señalar que las pequeñas empresas elegibles que opten por aplicar la Sección 174A con carácter retroactivo mediante la modificación de las declaraciones de impuestos de años anteriores también tendrán que cumplir estos cambios de conformidad con carácter retroactivo. Por ello, la OBBBA permite temporalmente a los contribuyentes elegir un crédito reducido en virtud del artículo 280C(c) en una declaración modificada. Por lo general, dicha elección sólo está disponible en una declaración de impuestos original. Las pequeñas empresas elegibles que modifiquen las declaraciones de la renta de 2022, 2023 y 2024 para deducir los gastos de la Sección 174A podrán elegir un crédito reducido para evitar una reducción de su deducción. Esto significa, sin embargo, que los créditos fiscales por I+D que solicitaron para esos años se reducirán un 21%.

Qué hacer a continuación

Los cambios introducidos por la OBBBA han creado nuevas oportunidades junto con una mayor complejidad. Para las empresas impulsadas por la innovación, el camino a seguir requerirá una planificación meditada y análisis detallados. El impacto de las nuevas normas de la Sección 174A y la selección de la estrategia para hacer frente a los gastos de I+E capitalizados en los últimos tres años deben evaluarse sistemáticamente y teniendo en cuenta otras áreas de la planificación fiscal.

Los contribuyentes que aprovechen la desgravación fiscal por I+D deben ser plenamente conscientes de las interacciones entre la desgravación y el tratamiento de los gastos nacionales en I+D. La combinación de las nuevas normas de la Sección 174A y la reciente publicación del Formulario 6765 revisado y ampliado significativamente para solicitar el crédito fiscal por I+D hará que los impuestos por I+D sean una parte fundamental de la planificación fiscal de fin de año.

Las normas han cambiado, pero la necesidad de experiencia no. Ponte en contacto con los asesores fiscales en I+D de Kaufman Rossin para evaluar tu situación y elaborar una estrategia que maximice el rendimiento de la innovación minimizando el riesgo.


Louis Guay Segregación de costes, créditos fiscales e incentivos Principal en Kaufman Rossin, una de las 50 principales firmas de contabilidad y asesoría de EE. UU.

Lindsay Kaiser Servicios de impuestos y segregación de costes de I+D Director en Kaufman Rossin, una de las 50 principales firmas de contabilidad y asesoría de EE. UU.

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