El IRS quiere que amplíe los plazos de prescripción, pero ¿debería hacerlo?

Por lo general, cuando el IRS está llevando a cabo una auditoría impositiva y el plazo de prescripción está a punto de cumplirse, la entidad solicitará una prórroga. Lo más probable es que a la mayoría de los contribuyentes les convenga prorrogar el plazo de prescripción si se lo solicitan, indica Michael Kramarz de Kaufman Rossin.

Habitualmente, el IRS tiene tres años desde la fecha en la que un contribuyente presenta una declaración de impuestos para evaluarla. En algunas circunstancias, la entidad tiene seis años para evaluarla. En el caso de una declaración fraudulenta, de un intento de evadir impuestos o de no haber presentado una declaración, la situación fiscal podrá evaluarse en cualquier momento. El plazo para evaluar la declaración también puede prorrogarse con el consentimiento del contribuyente en virtud de la Sección 6501(c)(4) del IRC.

Si el IRS está llevando a cabo una auditoría y el plazo está a punto de cumplirse, por lo general, solicitará una prórroga, incluso en el caso de cuestiones rutinarias y mundanas. Si bien el instinto natural del contribuyente es el de rechazar una solicitud de esa índole, no siempre constituye la decisión correcta. Al tomar una decisión respecto de aceptar una prórroga, deben considerarse la situación y las circunstancias de cada contribuyente.

Un profesional podrá orientarlo sobre esta decisión, pero, en el caso del contribuyente promedio, prorrogar el plazo probablemente sea la mejor opción, sobre todo porque es buena idea que los contribuyentes eviten la participación del Tribunal Fiscal de los EE. UU. y de la Oficina del Asesor Jurídico Principal. Además, aceptar una prórroga puede otorgar beneficios en la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS.

Participación del tribunal fiscal y del asesor jurídico principal

En general, si un contribuyente decide no aceptar la prórroga del plazo, el IRS tomará medidas para evaluar la declaración de impuestos por vencer. En este punto, si el contribuyente desea impugnar esa evaluación, deberá presentar una petición en el tribunal fiscal. Los contribuyentes también podrían pagar los impuestos adeudados y presentar un reclamo por reembolso en un tribunal de distrito o en el Tribunal de Reclamos Federales.

El IRS suele correr con ventaja en el tribunal fiscal, porque son los contribuyentes los que tienen la carga probatoria (es decir, deben acreditar la verdad de sus afirmaciones) en la mayoría de los casos. Asimismo, la no prórroga del plazo podría interpretarse como negarse a cooperar, lo que podría tener un impacto en la capacidad de trasladar la carga probatoria en virtud de la Sección 7491 del IRC y de solicitar una compensación por los costos administrativos o judiciales de conformidad con la Sección 7430 del IRC.

Además del tiempo y el estrés de un litigio, existen otros motivos por los cuales es buena idea para los contribuyentes evitar al tribunal fiscal. El proceso suele ser costoso, ya que implica honorarios de abogados y solicitudes de descubrimiento onerosas. Y una vez que se arma el expediente de un caso en el tribunal fiscal, comienza a participar la Oficina del Asesor Jurídico Principal. Los abogados de la oficina cuentan con vastos recursos y están más que dispuestos a que los casos lleguen a juicio. Se utilizan para representar la postura del IRS ante un tribunal y, por lo general, son sus mejores defensores. También es posible que los abogados de la oficina tengan una capacidad limitada de llegar a un acuerdo en un caso, mientras que los funcionarios de apelaciones no tienen esta limitación.

Por lo general, un caso en expediente en un tribunal fiscal de esta manera también debe remitirse a la instancia de Apelaciones para considerar un acuerdo. Sin embargo, en determinadas circunstancias, es posible que el caso se retire de la instancia de Apelaciones y entre en el dominio del tribunal fiscal antes de que el contribuyente tenga una oportunidad completa de argumentar su caso en Apelaciones. El proceso para casos en expediente en Apelaciones suele ser más favorable para el IRS, ya que no hay prohibiciones respecto de comunicaciones ex parte.

Ventajas en Apelaciones por aceptar una prórroga

Si un contribuyente acepta prorrogar el plazo de prescripción, obtendrá varias ventajas por estar en la instancia de Apelaciones sin que su caso esté en expediente:

  • Por lo general, la Oficina del Asesor Jurídico Principal no participa en el proceso de apelación, en especial, en el caso de contribuyentes que no reúnen las condiciones para ser considerados dentro del alcance de la división Empresas Grandes e Internacionales (LB&I).
  • Por lo general, se excluye a los abogados de la oficina de las conferencias sobre acuerdos en Apelaciones.
  • Por lo general, se prohíbe la comunicación ex parte (comunicación sin el contribuyente o su representante presentes) entre los empleados de Apelaciones y empleados de otras funciones del IRS, como examinación. Esta prohibición se extiende a abogados de la Oficina del Asesor Jurídico Principal, por lo que se ven impedidos de defender la postura del IRS sin la presencia del contribuyente.

Cuándo tendría sentido rechazar una prórroga

Se aconseja a los contribuyentes que colaboren con un profesional para comprender si correspondería rechazar la prórroga en su situación. Por lo general, rechazar una prórroga solo tiene sentido en el caso de contribuyentes LB&I o de los que pueden costear la presentación de una petición en el tribunal fiscal y la contratación de un asesor competente que pueda encarar el proceso de apelaciones en expediente. Tenga en cuenta que el proceso de apelaciones en expediente incluirá un abogado de la Oficina del Asesor Jurídico Principal que defenderá al IRS y que este proceso suele ser más favorable para la entidad.

Si la evaluación está demorando años y el contribuyente considera que ha proporcionado la información necesaria al IRS, podría tener sentido rechazar la solicitud de prórroga. Si el IRS tiene la documentación necesaria para tomar una determinación y el contribuyente considera que el IRS está buscando problemas adicionales, un profesional podría aconsejar rechazar la prórroga del plazo. En esa situación, el IRS es el que tendrá la carga probatoria en el caso de cualquier cuestión que quiera disputar en el tribunal fiscal.

Otra instancia en la que rechazar la prórroga del plazo podría beneficiar al contribuyente es ante una examinación incompleta. Si el IRS se está tomando demasiado tiempo para armar un caso y no ha podido hacerlo, rechazar una segunda o tercera prórroga deja a la entidad en una posición difícil. El IRS deberá abandonar el caso o transitar su curso hasta el descubrimiento y el litigio en el tribunal fiscal.

Hasta que se designe un juez o se fijen fechas de juicio, el proceso de descubrimiento del IRS estará restringido.

  • Si bien el IRS puede buscar información y documentación a través de medios informales, si el contribuyente no responde, el tribunal fiscal no emitirá un dictamen respecto de un recurso para obligar a una respuesta.
  • El IRS no puede emitir citaciones para recibir documentos de terceros.
  • El contribuyente debe prestar su consentimiento respecto de cualquier declaración de un tercero.

Mientras tanto, un caso de ese estilo también estará en expediente en Apelaciones, que intentará llegar a un acuerdo sin esperar a que el IRS siga armando su caso. Además, si el IRS está bastante atrasado en su evaluación, aun con las prórrogas, el contribuyente podría argumentar que no hay fundamentos para pagar un ajuste de los impuestos. Esto podría aumentar la probabilidad de obtener un acuerdo favorable en Apelaciones.

Se trata de una situación compleja, por lo que se recomienda consultar a un asesor. Sin embargo, en el caso de contribuyentes con los recursos necesarios para entablar disputas de descubrimiento con el IRS, rechazar la prórroga de casos no armados por completo podría ser una estrategia fructífera.

Qué le conviene al contribuyente

Existen algunas pocas situaciones en las que el contribuyente se beneficiaría de rechazar una solicitud del IRS de prorrogar el plazo. A la mayoría de los contribuyentes probablemente les convenga prorrogar el plazo si se lo solicitan. Las decisiones sobre la aceptación de una solicitud de prórroga dependen de cada contribuyente. Se aconseja a los contribuyentes que están considerando tales solicitudes que busquen asesoramiento de un profesional especializado en resolución de impuestos federales.

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Michael Kramarz is a Director, Impuestos Director at Kaufman Rossin, one of the Top 100 CPA and advisory firms in the U.S.