La Ley Familias Primero de Respuesta al Coronavirus ofrece alivio por la crisis del COVID-19

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La Ley presenta dos créditos fiscales para empleadores calificados que otorgan licencia remunerada

Como parte de la respuesta federal a la pandemia de COVID-19, el presidente Trump firmó la Ley Families First Coronavirus Response el 18 de marzo de 2020. La Ley incluye varios esfuerzos de ayuda, incluida la introducción de un programa de licencia de emergencia remunerada y un crédito fiscal temporario sobre la nómina para empleadores calificados que ofrezcan licencia remunerada 

La Ley también provee pruebas gratis para el COVID-19, expande la ayuda alimentaria para familias de bajos ingresos, financia el seguro estatal del desempleo y ofrece otro tipo de asistencia para empleadores y empleados. 

Las disposiciones relacionadas con los impuestos en la Ley se centran principalmente en el programa de licencia de emergencia remunerada, que extiende temporalmente la licencia por enfermedad remunerada así como la licencia familiar y médica remunerada. Estas disposiciones tienen fecha de vencimiento para el 31 de diciembre de 2020. 

¿Qué empleadores tienen que ofrecer licencia remunerada bajo la Ley?

Los empleadores con menos de 500 empleados tienen que ofrecer licencia remunerada bajo la Ley para aquellos empleados que son forzados a quedarse en sus casas debido a la cuarentena o a tener que cuidar de un familiar. Las empresas con menos de 50 empleados pueden estar exentas de los requisitos «cuando la imposición de tales requisitos ponga en peligro la viabilidad de la empresa». Los empleadores con más de 500 empleados no se ven impactados por la Ley Families First Coronavirus Response. 

¿Cuáles son los empleados que califican para la licencia remunerada bajo la Ley?

Los empleados a jornada completa son elegibles para 80 horas de licencia por enfermedad remunerada, y los empleados a jornada parcial son elegibles para tiempo de licencia por enfermedad remunerada en base a la cantidad de horas, o el promedio, que el empleado trabajaría en un período de dos semanas. Para calificar para la licencia por enfermedad remunerada, los empleados deben haber estado contratados por al menos 30 días calendario no pueden trabajar debido a una de las siguientes opciones: 

  • Están sujetos a una cuarentena federal, estatal o local o aislamiento en relación al COVID-19 
  • Un profesional de salud ha sugerido una autocuarentena debido a preocupaciones en relación con el COVID-19 
  • Experimenta síntomas de COVID-19 y espera un diagnóstico médico 
  • Está al cuidado de alguien que está en cuarentena o autoaislado 
  • Está cuidando a su hijo, ya que su escuela o guardería está cerrada debido a precauciones por el COVID-19 
  • Experimenta cualquier otro «problema de salud sustancialmente similar especificado por la Secretaríade Salud y Servicios Humanos en consulta con el Secretario de Hacienda y el Ministro de Trabajo» 

Además, los empleados que cuidan a un niño menor de 18 años tienen derecho a dos tercios del promedio de sus ganancias por al menos 10 semanas bajo licencia médica y familiar ampliada de emergencia remunerada. Este beneficio tiene un límite de $10,000 por persona y está limitado a aquellos empleados que no pueden trabajar porque la escuela o la guardería de su hijo ha cerrado debido a la COVID-19.  

Los empleados que son prestadores de atención médica o personal de respuesta a emergencias están exentos de las disposiciones de licencia remunerada de la Ley a discreción del empleador. 

¿Cómo funciona el crédito fiscal?

La Ley ofrece un crédito fiscal sobre la nómina para compensar a los empleadores y a los empleados autónomos por esta licencia remunerada obligatoria.  

  • Crédito de licencia por enfermedad remunerada: Trimestralmente, los empleadores pueden reclamar el crédito fiscal sobre la nómina por licencia por enfermedad remunerada que equivale al 100 por ciento de los salarios calificados por licencia de enfermedad pagados durante ese trimestre. Si un empleado se toma tiempo libre para cuidar de sí mismo, el crédito se limita a $511 por día ($5,110 en total). Si el empleado se toma tiempo libre para cuidar de otra persona, el crédito se limita a $200 por día ($2,000 en total) 
  • Crédito por licencia familiar y médica remunerada: Para aquellos empleadores que pagan salarios por licencia familiar y médica a empleados calificados bajo la Ley, una disposición fiscal sobre la nómina por separado permite un 100 por ciento de crédito contra la parte fiscal sobre la nómina del empleador para cada empleado, limitado a $200 por día, o a un total de $10,000 por empleado.  

En ambos casos, el crédito es reembolsable si excede el monto que el empleador debe en impuestos sobre la nómina. 

Para fines de la presentación de informes, los empleadores necesitarán aumentar sus ingresos brutos para el año fiscal al monto de crédito recibido sobre la nómina. Además, cualquier salario que se tenga en cuenta para determinar este crédito sobre la nómina no se puede considerar para determinar el monto de crédito permitido según la Sección 45S del Código de Rentas Internas en relación a la licencia familiar y médica remunerada.  

Si tiene preguntas acerca de cómo las disposiciones fiscales de la Ley Families First Coronavirus Response pueden afectar a su negocio, contacte a un miembro de su equipo de impuestos de Kaufman Rossin. 


J. Michael Custer, CPA, is a Tax Principal at Kaufman Rossin, one of the Top 100 CPA and advisory firms in the U.S.

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